Fotos | Andrés Villamizar | LA PATRIA
Leonel Rincón Quintero, empresario de Chinchiná que logró embargar las cuentas de la DIAN, para que le reconocieran una devolución de dineros..
Leonel Ricón Quintero toma 10 pastillas diariamente, entre ellas omeprazol amlodipina, y se inyecta insulina 4 veces al día para controlar el azúcar. Dice que sus malestares obedecen al estrés por haberse quedado ilíquido con su empresa, tener que conseguir créditos bancarios y extrabancarios, además de las obligaciones cotidianas con la DIAN.
A pesar de todo esto, el pasado 20 de enero recibió una buena noticia. Luego de 12 años entre el proceso de la demanda de nulidad con restablecimiento del derecho (8 años) y del proceso ejecutivo (4 años), finalmente logró embargar las cuentas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y recibir unos $400 millones, negados por la entidad en el 2011.
Su problema comenzó en el 2010, cuando la DIAN le rechazó su petición de devolverle un remanente de IVA de su empresa Industria Ecológica S.A.S de Chinchiná. Es decir, un saldo a favor que le quedó, luego de presentar su declaración del IVA. La DIAN seccional Manizales consideró que el empresario no era acreedor a dicho dicho beneficio.
Los motivos
Según la abogada Análida Nauffal Correa, representante de Rincón Quintero y exfuncionaria de la DIAN, la entidad le negó en dos ocasiones su petición al considerar que la bodega del empresario era muy pequeña y no respondía a la cantidad de operaciones que manejaba y que dos de sus proveedores eran sospechosos de operaciones mercantiles ficticias.
Sin embargo, de acuerdo con Nauffal Correa la empresa no necesitaba bodegas grandes, porque la mayor parte de la mercancía llegaba directamente a quien compraba el reciclaje y la chatarra, y aunque la tarea de la DIAN es investigar, eso no implica desconocer las operaciones de su cliente, que sí eran reales, estaban bancarizadas y tenía todas las facturas. "Además, la DIAN tiene todas las herramientas para adelantar el proceso de investigación y si concluye que sí hay operaciones ficticias con otros clientes, simplemente puede adelantar el procedimiento con esos proveedores ficticios y publicar la resolución en un diario de amplia circulación, lo que no sucedió en el caso de mi cliente".
Aunque en el 2010 hubo varios casos de chatarreros y recicladores a los que sí se les comprobó exportaciones ficticias, la abogada explicó que la DIAN incurrió en lo que se denomina técnicamente como la falacia de la generalización, pues con ello estigmatizó a todos los que manejaban el reciclaje, aunque cada caso es distinto. A este contribuyente, por ejemplo, lo empezaron a emproblemar y le abrieron 14 procesos, aunque todos se resolvieron a su favor en primera y segunda instancia.
La pelea jurídica
Por esta razón en el 2012 emprendieron la batalla jurídica. Lo primero que recibieron fueron malas noticias. El 31 de mayo del 2021 el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales negó la solicitud de embargo de las cuentas de la DIAN, basado en el principio de inembargabilidad de los recursos del Presupuesto General de la Nación.
Sin embargo, la abogada del empresario señaló que ese principio no es absoluto y por ello impugnó la decisión del juzgado ante el Tribunal Administrativo de Caldas, que le dio la razón y ordenó el embargo de las cuentas de la DIAN. El fallo, con fecha del 20 de enero del 2023, explicó que hay varias excepciones para garantizar la seguridad jurídica y el respeto de los derechos de los contribuyentes (Ver recuadro: Cuándo son embargables).
Eso le devolvió la tranquilidad a Leonel, quien hoy insiste en que está más tranquilo, pero lamenta tantos años de dolor, puesto que la entidad debió ser más objetiva, obrar en derecho y no suponer que todos son evasores. "Fue una injusticia y desde hace 12 años siento que la DIAN en lugar de apoyarme por ser un buen contribuyente, me acabó económicamente".
Siguen por los intereses
La pelea jurídica no termina. Aunque la DIAN le devolvió el saldo a favor a Leonel por concepto de impuestos, faltan los intereses, pues la entidad tuvo secuestrado por mucho tiempo ese dinero y el contribuyente no los pudo utilizar. “Cuando un contribuyente le queda debiendo a la DIAN tiene que pagar hasta el último peso de sanciones, intereses e impuestos, y por eso debe ser igual para la entidad”, explicó la abogada. Ya hubo 14 procesos de nulidad con restablecimiento de derecho y los ganaron, ahora falta que la DIAN pague, por lo que se tuvo que demandar.
De acuerdo con Nauffal Correa, lo representativo de la decisión del Tribunal no es la cuantía, sino la decisión del ente judicial de administrar justicia, ya que se abrió una puerta: “Los recursos públicos eran inembargables, pero ahora se deja en claro que hay unas excepciones que les pueden servir a los pequeños y grandes contribuyentes”.
La empresa
Leonel cuenta que la necesidad lo llevó en 1987 a emprender en el reciclaje con su papá, Leonel Rincón Montoya, en Chinchiná. “Recicláblamos en las calles y trabajábamos en los rellenos sanitarios”, recordó. Cuando su padre falleció en 1999, siguió adelante y creó la Recolectora La Mejor, compañía que compraba y que vendía reciclaje por todo el municipio.
En el 2005 pasaron a llamarse Industria Ecológica de Reciclaje SAS y llegaron a generar hasta 120 empleos. En ese tiempo le vendían el material a molinos como Productos Familia, Cartones América y otros. Entre 2005 y 2010, fueron buenos años, con ventas mensuales que oscilaron entre los $200 millones y 300 millones, y nunca tuvo problemas para obtener su remanente del IVA bimestral, lo que cambió en el 2011, por lo que acudió a la asesoría de su abogada, Nauffal Correa, pues además se había quebrado y tuvo que despedir entre 60 y 90 empleados. “Lo primero que me dijo fue que le contara la verdad. Llorando le dije que todo lo había hecho correcto y que me ayudara”, recordó.
Cuándo son embargables
La jurisprudencia ha dejado claro que el principio de inembargabilidad no es absoluto, sino que por el contrario debe conciliarse con los demás valores, principios y derechos reconocidos en la carta política. Las excepciones son:
* Primera, tiene que ver con la necesidad de satisfacer créditos u obligaciones de origen laboral con miras a efectivizar el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas.
* Segunda, se da por el pago de sentencias judiciales para garantizar la seguridad jurídica y el respeto de los derechos reconocidos en dichas providencias.
* Tercera, se origina en los títulos emanados del Estado que reconocen una obligación clara, expresa y exigible.