Foto | Freddy Arango | LAPATRIA
El proyecto se inició en agosto del 2013 y se concluyó en diciembre del 2016, fecha en la que empezaron pruebas. Prendieron el 1 de marzo.
LA PATRIA | MANIZALES
"Este fallo ratifica lo que siempre hemos defendido, que no ha habido ninguna afectación para el medio ambiente en su etapa de construcción y que se ha actuado con todo el rigor técnico para impulsar esta planta de generación".
Con estas palabras, William Bravo, director del proyecto hidroeléctrico El Edén, ubicado en el oriente de Caldas, celebró el fallo en primera instancia del Tribunal Administrativo de Caldas, a favor de la energética.
Allí determinó la “inexistencia de daño por la construcción del túnel (sic) de la central hidroeléctrica El Edén, la inexistencia de una causalidad adecuada e inexistencia de nexo causal”.
Esto significa, según las conclusiones del Tribunal, que si bien se acreditó la existencia de un daño entendido como la desaparición y/o disminución de varios cauces de agua de los que se abastecía la comunidad para consumo humano y agrícola, según las pruebas en el expediente "dicho daño no fue consecuencia de la construcción del túnel de conducción de la central hidroeléctrica El Edén, ni de ninguna falla en el servicio por parte de las entidades demandadas, y mucho menos tuvo relación de causalidad con la supuesta falla o la actividad de la hidroeléctrica".
Bajo estas condiciones, el Tribunal negó las pretensiones de la comunidad, del pago de perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante por $44 mil 913 millones 161 mil 37 para propietarios y/o poseedores del grupo.
El fallo
De acuerdo con Carlos Tadeo Giraldo, abogado defensor de la energética, lo que dice la sentencia, en términos simples, es que tanto las acciones de la electrificadora como de Corpocaldas se ajustaron a derecho y no generaron ningún daño ambiental, ante el cuidado que se tuvo en el manejo de la licencia ambiental y sus reformas para la construcción del proyecto, incluyendo el túnel y la obra en general.
"Entre lo que se demostró es que allí lo que hubo fue un efecto del fenómeno de El Niño durante toda esa época, sobre todo en los años 2015 y 2016, y por esto incluso Corpocaldas y el departamento tuvieron que tomar una serie de medidas para enfrentar este período seco que se presentó tan fuertemente", sostuvo.
Para el abogado "este es un fallo importante para la seguridad jurídica y para la inversión en este tipo de obras que han sido menguadas por este tipo de ataques y acciones de grupo", indicó.
Conducción de agua
Tadeo Giraldo destacó que la electrificadora ha generado progreso para la zona, e incluso el mismo Tribunal dice en su sentencia que a pesar de que no estaba generando, benefició a la comunidad, pues cuentan con acueductos de agua potable que garantizan el suministro y la calidad del agua.
El concepto es similar al planteamiento del exgerente de la energética Juan Pablo Ángel Pérez, quien le confirmó a LA PATRIA en el 2017 que la comunidad tenía plena garantía de contar con el suministro de agua, pues varios reclamantes fueron conectados al sistema de acueducto de Bolivia (Pensilvania), sin tener que pagar por el líquido. "Son unos 102 usuarios que se han conectado y que antes se proveían del líquido de estos afluentes", estimó.
También destacó que de los recursos que se generen de energía, el 6% se irían para transferencias. De ellas, el 3% se destinará para Corpocaldas y el otro 3% para Pensilvania y Manzanares para obras de mitigación.
La decisión de este fallo es de primera instancia y quedaría pendiente el pronunciamiento del Consejo de Estado.
Contra la comunidad: habitantes
Germán Albeiro Giraldo Montoya, exconcejal y exdiputado por el Partido Conservador, y actual aspirante al Concejo (pendiente el partido), sostuvo que participó en dicha demanda, ya que fue uno de los afectados. Frente al fallo consideró que la decisión es preocupante, ya que son evidentes los daños y la afectación de la comunidad que se quedó sin agua. "Lo más preocupante es que se siguen tramitando proyectos y licencias ambientales para construir nuevos proyectos que atentan contra los campesinos y las comunidades, y aunque se supone que el Estado es quien debe defender a la población, termina beneficiando a este tipo de compañías", indicó.
Otras peticiones
El abogado Carlos Tadeo Giraldo resaltó que también le pedirán al Tribunal que se pronuncie en otras acciones que consideran importantes y que no quedaron probadas, como la ilegalidad en que han operado varios moradores de la zona, utilizando las aguas sin ninguna concesión, y que además de estar prohibido no se puede reclamar un perjuicio sobre algo que no está legalizado, por lo que se incluyeron dichas pruebas. "Hoy ya han venido legalizando, pero para la época en que reclamaron los presuntos perjuicios ninguno tenía concesión de esas aguas que son un bien público y que utilizaban para aspectos comerciales, industriales y explotación agrícola a gran escala", aseguró.
Obra, inversión y socios
La obra fue construida entre Pensilvania y Manzanares. Toma sus aguas del río La Miel, a través de una pequeña presa a filo de agua, conocida como azud o de baja altura. Contó con una inversión de unos $150 mil millones, a pesos del 2017, y quedó en manos de las firmas antioqueñas Estyma (30%), y Latinoamericana de Construcciones (Latyinco), que tiene el 32%. El otro 38% era de la firma bogotana HB Estructuras Metálicas. Hoy la firma Proeléctrica, dedicada a la generación de energía, es la dueña absoluta del proyecto de generación.