Metadescripción

EMPLAZAMIENTOS

 

EDICTO EMPLAZATORIO 

EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES – CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA DE JUDITH GALVIS DE GALVIS Y MARCO AURELIO GALVIS IBARRA, quienes en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 25.090.632 y 1.386.092, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 3127 del día 20 de agosto de 2024 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 21 de agosto de 2024. Manizales, 20 de AGOSTO de 2024. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ.  NOTARIO CUARTO TITULAR. 

1-IX-24-H128840

 

EDICTO No. ESU 0152 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de la causante MARÍA DEL ROSARIO ARISTIZÁBAL DE ZULUAGA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 25.011.742. Fallecida el día NUEVE (09) DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018), en el CORREGIMIENTO DE SAN DIEGO, MUNICIPIO DE SAMANÁ (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 29 DE AGOSTO DE 2024, por el señor JORGE EDUARDO ZULUAGA TABARES IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 75.098.531, EN CALIDAD DE CESIONARIO DE DERECHOS HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0081 del 29 DE AGOSTO DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. 

El presente edicto se fija el día 30 DE AGOSTO DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6:00 PM. 

Este EDICTO se elaboró el día 29 DE AGOSTO DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6:00 PM. EL NOTARIO, JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS).

1-IX-24-H128841

 

EDICTO No. ESU 0151 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA 

EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de la causante MARTHA LUCÍA RAMÍREZ GUTIÉRREZ CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.727.120. Fallecida el día ONCE (11) DE JULIO DEL DOS MIL VEINTICUATRO (2024), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 29 DE AGOSTO DE 2024, por el señor LUIS ALBERTO TORO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.168.225, EN CALIDAD DE CESIONARIO DE DERECHOS HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0080 del 29 DE AGOSTO DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. 

El presente edicto se fija el día 30 DE AGOSTO DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6:00 PM. 

Este EDICTO se elaboró el día 29 DE AGOSTO DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6:00 PM. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS).

1-IX-24-H128842

 

EDICTO No. ESU 0153 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del (los) causante(s) CAMPO ELÍAS SAAVEDRA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 451.812. MARÍA DEL CARMEN GUILLÉN DE SAAVEDRA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 21.104.897. Fallecido(s) el 17/09/1998 - 19/01/2024, en la ciudad de PUERTO SALGAR, CUNDINAMARCA LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 22 DE AGOSTO DE 2024, por EUCLIDES ARAGÓN GRAZT IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 79.454.477, EN CALIDAD DE CESIONARIO. Se inició el trámite mediante el ACTA No. 0082 del 30 DE AGOSTO DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 31 DE AGOSTO DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 30 DE AGOSTO DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 6 PM (M/PM). EL NOTARIO.

1-IX-24-H128843

 

EDICTO 

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: PEDRO NEL LÓPEZ GALLEGO (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.565.951 expedida en Samaná, fallecido en el municipio de Samaná, el día cinco (05) del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 05855411 expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil - Oficina de Samaná, con fecha 05 de febrero del año 2024, siendo el municipio de Samaná el lugar de su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 020 del veintinueve (29) del mes de agosto del año 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 30 de agosto de 2024, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ___ de _______ de 2024 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. 

1-IX-24-H128844

 

EDICTO 

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia de los causantes: STELLA DE LA TRINIDAD HERRERA ESCOBAR y MARIELA HERRERA ESCOBAR (Q.E.P.D.), quienes en vida se identificaban con cédula de ciudadanía número 32.451.636 y 25.125.414, fallecidas, la primera, en el municipio de Samaná, el día seis (06) del mes de febrero del año dos mil trece (2013), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 1770664 expedido por la Notaría Única de Samaná, Caldas, el día 07 de febrero del año 2013, y la segunda, el día veintitrés (23) del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 10718311 expedido por la Notaría Quince (15) del Círculo de Medellín, el día 26 de diciembre del año 2023, siendo el municipio de Samaná el lugar de su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejaron sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 019 del veintinueve (29) del mes de agosto del año 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 30 de agosto de 2024, a las 7:30 a.m. El Notario, HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ___ de _____ de 2024 a las 6:00 p.m. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. 

1-IX-24-H128845

 

EDICTO 

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: JAIME GARCÍA OSPINA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 1.393.905 expedida en Samaná, fallecido en el municipio de Samaná, el día diecinueve (19) del mes de julio del año dos mil veintidós (2022), según consta en el registro civil de defunción bajo Indicativo Serial 4967280 expedido por la Notaría Única de Samaná, Caldas, el día 21 de julio del año 2022, siendo el municipio de Samaná el lugar de su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta No. 018 del veintinueve (29) del mes de agosto del año 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de DIEZ (10) días. El presente Edicto se fija hoy 30 de agosto de 2024, a las 7:30 a.m. El Notario, 

HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ. El presente Edicto se desfija hoy ____ de _____ de 2024 a las 6:00 P.M. HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ.

1-IX-24-H128846

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante IRMA OSORIO VELÁSQUEZ, con cédula de ciudadanía número 24.313.941, quien falleció en la ciudad de Armenia - Quindío, el día primero (01) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CIENTO TREINTA y SIETE (137) del día veintiocho (28) de agosto de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy treinta (30) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA.

NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS).

1-IX-24-H128839

 

REMATES

 

CARTEL DE REMATE 

EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo la diligencia de remate del bien inmueble embargado y secuestrado dentro del proceso que se relaciona a continuación: PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO. RADICACIÓN DEL PROCESO 17001-31-03-001-2022-00235-00. DEMANDANTE: MAGNOLIA DELGADO SÁNCHEZ (C.C. 24.390.429). DEMANDADO: ANA DILMA CASTILLO DE ROJAS (C.C. 25.092.990). FECHA REMATE: DIECIOCHO (18) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). HORA: 10:00 A.M. AVALÚO: SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL PESOS ($675.312.000). BASE REMATE: SETENTA POR CIENTO (70%) DEL AVALÚO TOTAL. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO. DURACIÓN: UNA HORA. DESCRIPCIÓN DEL BIEN QUE SE SUBASTA: DIRECCIÓN: INMUEBLE LOTE Nº 34, CASA DE HABITACIÓN, QUE HACE PARTE DEL CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE SANTA MARÍA DE LA CIUDAD DE MANIZALES, CALDAS, CUYA INFORMACIÓN SE ENCUENTRA PLASMADA EN LA ESCRITURA PÚBLICA Nº 2.638 DEL 20 DE ABRIL DE 2022, OTORGADA EN LA NOTARÍA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 100-153496. SECUESTRE: DINAMIZAR ADMINISTRACIÓN S.A.S. TELÉFONOS: 3108883338-3145828608 y 8915191. DIRECCIÓN: CALLE 20 Nº 22-27 OFICINA 402 EDIFICIO CUMANDAY DE MANIZALES, CALDAS. CORREO: [email protected] y [email protected]. CUENTA DEPÓSITOS JUDICIALES: 170012031001 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA. LINK DE ACCESO A LA DILIGENCIA: (TEAMS) https://teams.microsoft.com/l/meetup- join/19%3ameeting_MTVhYTdlMDgtNmUwMi00M2VjLTg0MmYtMjZjNmIzMDVjZmRm%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%2276aa931f-ea67-4736-ab53-55d17f78ac3b%22%7d. ADVERTENCIA: Atendiendo los lineamientos de la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el artículo 452 del C.G.P., se informa que la subasta se realizará de manera virtual mediante el aplicativo TEAMS, al cual deberán acceder todos los interesados desde cualquier plataforma digital (computador, celular, Tablet, etc.) y los interesados deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al correo institucional del Despacho [email protected], estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso; dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave al documento), el cual deberá consultarse en el siguiente link de la página de la Rama Judicial: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12166575/46229732/Instructivo+Archivo+Protegido+Word.pdf/652eed62-67a6-4ff3-9abd-3da0a7095dbd. NATALIA ANDREA RAMÍREZ MONTES. Secretaria. Firmado Por: Natalia Andrea Ramírez Montes. Secretaria Juzgado De Circuito Civil 001 Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 3761f7a95d47e49cc656f1d7aecfb4c710f5a2e13abaff8d96c1fed575229508. Documento generado en 12/08/2024 11:44:44 AM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL:  https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 

1-IX-24-H128837

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO 

AVISO DE REMATE 

EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo diligencia de remate de los siguientes bienes que se encuentran debidamente embargados, secuestrados y avaluados: 

PROCESO: EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL. DEMANDANTES: HÉCTOR ERASMO CASTILLO.  DEMANDADOS: FABIO ANCÍZAR YEPES. FECHA Y HORA: 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024 A LAS 10:00 AM. BIEN: DISTINGUIDO CON FMI Nº 100-181438; INMUEBLE UBICADO EN MANIZALES-CALDAS EN LA CALLE 4 B # 15-74 SEGÚN EL CERTIFICADO DE TRADICIÓN. AVALÚO: 1.000.400.000 MIL MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS. Como base de la licitación, se entenderá el 70% de cada uno de los citados avalúos como lo establece expresamente el art. 448 del CGP. RADICADO: 170013103005-2022-00054-00. DURACIÓN: UNA (01) HORA. POSTURA: LA QUE CUBRA EL SETENTA POR CIENTO (70%) DEL AVALÚO ENUNCIADO EN PRECEDENCIA. POSTOR HÁBIL: QUIEN PREVIAMENTE CONSIGNE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) DEL AVALÚO A ÓRDENES DE ESTE JUZGADO. SECUESTRE: DINAMIZAR ADMINISTRACIÓN SAS datos de ubicación Calle 20 # 22-27 Oficina 402 Edificio Cumanday Manizales - Teléfono celular 310 888 33 38 - 314 582 8608 - fijo 8915191 - correo electrónico [email protected]. LINK DILIGENCIA: https://teams.microsoft.com/l/meetup- join/19%3ameeting_ZWJlNWNlYTgtZDNlZS00ZWZmLTgzYTAtNmU3OWU3Mzk5NDAz%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%2276aa931f-ea67-4736-ab53-55d17f78ac3b%22%7d. CUENTA BANCO AGRARIO: 170012031005. “Como base de la licitación, se entenderá el 70% del avalúo como lo establece expresamente el art. 448 ídem y será postor hábil quien previamente consigne a órdenes de este Judicial el cuarenta por ciento (40%) del valor del respectivo avalúo, como bien lo dispone el art. 451 ejusdem. De conformidad con lo indicado en el artículo 451 del CGP, se le advertirá a los interesados en el remate que deberán hacer su postura dentro de los cinco (5) días anteriores a la almoneda o el día de la audiencia de remate, en sobre cerrado, que deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto por del 40% del avalúo del respectivo bien. Las posturas con el lleno de los requisitos se recibirán en archivo PDF con contraseña, que será enviado dentro del término antes mencionado ÚNICAMENTE al correo electrónico Institucional del Juzgado esto es, a la dirección electrónica [email protected].  Conforme a lo dispuesto en el artículo 450 del CGP, se expedirá aviso en el cual se anunciará la subasta y se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad bien sea en La Patria o en La República, el listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha prevista para el remate. De igual 

manera el aviso se publicará en la página de la Rama Judicial. Los avisos indicarán el canal tecnológico por medio del cual se realizará la diligencia. Con la constancia de las publicaciones del aviso, deberá allegarse certificados de tradición actualizados de los bienes inmuebles, expedidos dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, a través del aplicativo implementado para  recepcionar memoriales por el Centro de Servicios Judiciales. La diligencia se realizará por la plataforma lifesize y en tal virtud se enviará invitación a todos los postores para que asistan virtualmente a la hora indicada, quienes deberán suministrar al juzgado, al igual que las partes del proceso el respectivo correo electrónico. La recepción de las ofertas en sobre sellado, para los que deseen hacerlo de manera física, se realizará en las instalaciones del Juzgado, lo anterior acogiendo lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20-11634 que sobre audiencias de remate en su artículo 14 dispuso: “Artículo 14. Audiencias de Remate. Para la realización de la audiencia de remate, el funcionario judicial a cargo de la diligencia coordinará con la dirección seccional correspondiente, la recepción física de los sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso, hasta tanto se habiliten los mecanismos electrónicos, la diligencia se adelantará por medios técnicos de comunicación simultánea.” DANIELA PÉREZ SILVA. SECRETARIA. Firmado Por: Daniela Pérez Silva. Secretaria Juzgado De Circuito Civil 05 Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: fef0860a559f6c0bd2888860249417a9a2f4e76601968563ff77809f8c2ef550. Documento generado en 23/08/2024 02:48:47 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL:  https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 

1-IX-24-H128838

 

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