EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE NEIRA -CALDAS POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las Personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Diario LA PATRIA, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral intestada e ilíquida del señor JOSÉ HENRY GIL, identificado con la cédula de ciudadanía número 4.469.785 expedida en Neira, fallecido en Manizales, Caldas, el día 28 de Noviembre de 2014. inscrito al indicativo serial 5725327 expedido por la Notaría Única de Neira Caldas siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el Municipio de Neira, Caldas. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número 028 de fecha Septiembre dieciséis (16) de 2024 se ordena la publicación de este edicto en el periódico LA PATRIA, en la emisora LATINA FM 93.1. del Municipio de Neira y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy diecisiete (17) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) siendo las 08:00 horas de la mañana. NOTARIO MARIO RESTREPO HOYOS.
20-IX-24-H128998
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial DE LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE DIDIMO CAÑÓN CAMACHO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 1.202.630, fallecido el día 29 de abril del año 2016, en la ciudad de Manizales - Caldas y siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día ONCE (11) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante ACTA NÚMERO NOVECIENTOS NUEVE (909) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día JUEVES, DIECINUEVE (19) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 am.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
20-IX-24-H128997
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE el señor JAIME GARCÍA MEJÍA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 14.440.813, fallecido el día 24 de julio de 2022, en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MARTES, DIECISIETE (17) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante ACTA NÚMERO NOVECIENTOS SESENTA Y UNO (961) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día JUEVES, DIECINUEVE (19) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 am.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) del CÍRCULO DE MANIZALES.
20-IX-24-H128995
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial DE LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante FABIOLA SARAZA DE RODRÍGUEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 25.091.295, fallecida el día 12 de abril del año 2024, en la ciudad de Manizales Caldas y siendo esta su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día ONCE (11) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante Acta número ACTA NÚMERO NOVECIENTOS DIEZ (910) del día ONCE (11) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día JUEVES, DIECINUEVE (19) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
20-IX-24-H128996
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Intestada de la causante ALICIA RESTREPO LONDOÑO, fallecida en el Municipio de Manizales, el día 22 de Julio del año 2024, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 24.288.394, siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número CIENTO CINCUENTA Y UNO (151) del día dieciséis (16) de Septiembre del año (2024), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija a los Diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil Veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: OCTUBRE (03) DEL AÑO 2024. HORA: 6:00 PM.
20-IX-24-H128993
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante JAIRO ANTONIO ÁNGEL ARAQUE quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.192.470 DE LA VIRGINIA RISARALDA, fallecido en MANIZALES CALDAS el día 18 de Agosto de 2019, quien tuviera como domicilio y asiento principal de sus negocios, el Municipio de Manizales, departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 3.552 del día 19 de Septiembre de 2024 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 20 de Septiembre de 2024. Manizales, 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES PARRA. NOTARIO CUARTO ENCARGADO.
20-IX-24-H128994
EDICTO Nº ESU 0176
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del (los) causante(s) MARÍA FABIOLA CARDONA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 28.834.395. Fallecido(s) el 14/09/2024, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024, por NATALIA ANDREA JARAMILLO CARDONA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.055.917.091, EN CALIDAD DE HEREDERA. Se inició el trámite mediante el ACTA Nº 0096 del 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 1 DE OCTUBRE DE 2024 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 1 DE OCTUBRE DE 2024 a las 6:00 PM (M/PM). EL NOTARIO.
20-IX-24-H128999
EDICTO No. ESU 0175
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del (los) causante(s) CARMEN TULIA ARISTIZÁBAL DE AGUIRRE CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 22.007.212. Fallecido(s) el 12/06/2020, en la ciudad de LA DORADA, CALDAS, y su último domicilio LA DORADA, CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024, por LUIS EMILIO ARIÑAS ZAPATA IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.073.322.528, EN CALIDAD DE CESIONARIO.
Se inició el trámite mediante el ACTA N° 0095 del 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 1 DE OCTUBRE DE 2024 a las 6 PM (M/PM). Este EDICTO se elaboró el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 1 DE OCTUBRE DE 2024 a las 6 PM. EL NOTARIO.
20-IX-24-H129000
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS AVISA: Que en sentencia proferida por este despacho el día 10 de septiembre de 2024, dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA -EN REVISIÓN- promovido por GLORIA INÉS LOAIZA CORTÉS, DECRETÓ la adjudicación judicial de apoyo en favor de LUZ MERY LOAIZA CORTÉS, la cual se encuentra debidamente notificada y ejecutoriada. Así mismo, ordenó PUBLICAR la parte resolutiva de la providencia mediante aviso que se insertará una vez en el diario La Patria de esta ciudad, de la siguiente forma: “ACTA DE AUDIENCIA ORAL NÚMERO 123. Manizales, Caldas, diez (10) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024). …. PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA NÚMERO 264: En mérito de lo expuesto, EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, FALLA. PRIMERO: DISPONE la adjudicación judicial de apoyo en favor de LUZ MERY LOAIZA CORTÉS, identificada con la cédula de ciudadanía 24.346.956 y le DESIGNA como apoyo judicial a su hermana, GLORIA INÉS LOAIZA CORTÉS, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.332.279, por el término de cinco (5) años, para efectos de: -Cobrar la pensión que recibe de COLPENSIONES y del Municipio de Manizales y administrar el dinero.
SEGUNDO: DISPONE que la parte resolutiva de esta providencia se publique por aviso que se insertará por una vez en el Diario La Patria. TERCERO: ORDENA oficiar a la Notaría Primera de Manizales, Caldas, para que anule la anotación en el registro civil de nacimiento de la citada, serial 19376542, de la sentencia proferida por este despacho, número 069 del dos (02) de julio del año dos mil diecinueve (2019), que declaró en interdicción por discapacidad mental absoluta a LUZ MERY LOAIZA CORTÉS, e hizo otros ordenamientos. CUARTO: ORDENA compulsar copia auténtica de esta sentencia y del acta de posesión de la persona designada como apoyo, una vez asuma el cargo, para los fines pertinentes. Por su pronunciamiento oral lo decidido queda notificado en estrados. MARÍA PATRICIA RÍOS ALZATE (Fdo.). JUEZ”. Manizales, septiembre doce (12) de dos mil veinticuatro (2024). CAROLINA UCHIMA ESPINOSA. SECRETARIA.
20-IX-24-H128992