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LA PATRIA | MANIZALES

A un hombre lo acusaron de actos sexuales con menor de catorce años, en concurso homogéneo y sucesivo. En primera instancia el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Chinchiná lo condenó.

Sin embargo, la apelación de su defensa surtió efecto y el Tribunal Superior de Manizales lo absolvió. A continuación un resumen de lo que ocurrió.

El caso

Los hechos se conocieron el 11 de mayo del 2015, cuando la mamá de la menor dio cuenta de los supuestos tocamientos libidinosos en diferentes partes del cuerpo que sufrió su hija, de 11 años, a manos del hoy absuelto. Supuestamente se dieron cuando ella tenía 9 años (2013), dentro de un condominio campestre de la vereda Cartagena, de Palestina; y en el 2014, en la casa del señalado, en Manizales.

La condena

Le imputaron cargos el 25 de enero del 2018 y no le dieron medida de aseguramiento alguna. El juicio tuvo cinco sesiones, con sentido de fallo condenatorio el 15 de marzo del 2019. El Juzgado consideró que las pruebas eran contundentes y que de acuerdo con la información suministrada por la menor ofendida, al cuarto donde dormían ingresó el acusado a tocarla. "Si bien es cierto la niña guardó silencio por varios años, también lo es que, al momento de las revelacione a una compañera del colegio, luego a sus hermanos, a su madre y por último a la médico legista, en juicio también expuso lo acontecido aquella noche en la finca, con lujo de detalles. "El testimonio de la niña fue consistente en las diferentes oportunidades en que fue requerida".

La apelación

  • El abogado del hombre dijo que la sola declaración de la menor, sin ningún sustento probatorio y llena de contradicciones y ambigüedades, no era suficiente para llevar al convencimiento más allá de toda duda respecto a la responsabilidad de su defendido.
  • "La prueba testimonial lo único que confirma es que la menor estuvo en una finca, así como gran parte de la familia, mientras que los informes sexológico y psicológico concluyen que no hay forma de determinar nada, ni de confirmar la situación contada por la menor".
  • "Quedó claro que la versión de la supuesta víctima no tiene como apalancarse con ningún otro medio probatorio, porque sus dichos son desmentidos por dos de sus primos que aseguran que ella durmió en la sala con otros menores". -"Los demás testigos de la Fiscalía solo repiten lo que ella dijo sin dar fe de que eso sea cierto, porque ninguno estuvo allí esa noche. La psicóloga solo dice que no hay secuelas en la menor o algún tipo de trauma, lo que debilita aún más sus dichos".

Absolución

  • La menor indicó que ese día en la finca estaba su mamá, pero en realidad ella permanecía en Bogotá.
  • "Resulta preocupante, por decir lo menos, que la joven víctima recuerde que en la finca se encontraba toda la familia de su progenitora, pero no recuerda ningún nombre, no obstante ser su propia familia", manifestó el Tribunal.
  • La menor decidió contar porque, primero, se veía un programa en televisión llamado la Rosa de Guadalupe, y que como allí presentaban casos parecidos a los de ella, entonces se decidió a narrar lo sucedido.
  • La adolescente expresó que decidió poner en conocimiento lo acontecido, porque a una amiguita le había pasado lo mismo, y así evitar que otras personas fueran víctimas de esta clase de agravios. Sin embargo, la amiga, en su declaración, nada dijo sobre unos supuestos abusos sexuales en su contra.
  • "No resulta verosímil que mientras 15 o 16 personas, entre mayores y niños, duerman en una habitación en colchones, Eduar permaneciera en la colchoneta de la menor tocándola, cuando todas estas actitudes se realizan en la mayor clandestinidad y silencio de las noches".

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