Foto de referencia | LA PATRIA
Los campesinos talaron dos especies de árboles sin autorización, entre esas, guaduas.
Tres años y cuatro meses de condena pagarán Álex Alonso Mesa Tovar y Lenin Alfonso Venera Anaya por aprovechamiento ilícito de recursos naturales renovables. Les brindaron la libertad condicional, lo que significa que deben demostrar buen comportamiento y presentarse periódicamente ante las autoridades.
El 14 de enero de 2022 fueron sorprendidos en la vereda Miel Baja, de Victoria, entre Cañaveral y Samaná, por miembros de la Policía que realizaban patrullajes por la zona, los pillaron talando árboles de laurel lechoso y guadua, sin autorización de Corpocaldas.
Por la afectación que causaron al bosque y a la biodiversidad y la desprotección de fuentes hídricas, la Fiscalía les imputó cargos en la audiencia de Control de Garantías, no aceptaron y tampoco les dieron ninguna medida de aseguramiento.
En enero de este año, cuando se pretendía llevar a cabo la preparatoria, se presentó un preacuerdo que consistía en bajarles el delito a complicidad e imponerles la pena de 3 años y 4 meses, pero el juez no lo aprobó, al considerar que se les debían imponer 4 años y 7 meses.
Por esa razón, la Fiscalía respondió que si bien fue un delito contra los recursos naturales renovables, estos campesinos no pertenecen a una organización criminal, no tienen antecedentes, poseen un grado de educación bajo, se dedican al campo y aunque la ignorancia no exime de la ley, estos han usado el medioambiente para su propio beneficio.
El Tribunal Superior de Manizales decidió en segunda instancia y ordenó aprobar el preacuerdo porque no se encontraron fallas en el debido proceso y si bien la conducta merece un reproche social, no se afectaron derechos humanos de manera grosera u ostensible.
Además no se encontró un desprestigio a la justicia por la pena impuesta y “más bien indica que la retribución es justa y la prevención general cumple su cometido”. Por eso se revocó la decisión del Juez Penal de Circuito Especializado y ahora deberá continuar con la audiencia de individualización de pena y sentencia.
Lo que dice el Código Penal
El que se apropie, acceda, capture, mantenga, introduzca, extraiga, explote, aproveche, exporte, transporte, comercie, explore, trafique o de cualquier otro modo se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, corales, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de 5 a 11 años y multas de hasta $45 mil millones.