Foto | Archivo | LA PATRIA
Leandro Henao Santa.
Alias Chiki, de 18 años, pretendía pagar 8 años y 10 meses de prisión por el homicidio en marzo del 2022 de Leandro Henao Santa, tras llegar a un preacuerdo con la Fiscalía. Sin embargo, la Procuraduría no estuvo de acuerdo con la decisión y la juez debió enviar el caso al Tribunal Superior de Manizales que anuló el trato hecho.
El día de los hechos, a las 4:00 de la mañana, en una vivienda del sector La Amarilla, en el barrio La Frontera, de Chinchiná, estaban reunidos Chiki, Leandro y otros cuatro hombres consumiendo estupefacientes y licor, momento en el que decidieron jugar a la ruleta rusa.
El homicida le sacó algunas balas al arma y la accionó contra dos hombres, pero el proyectil no salió. Llegó el turno del hoy occiso y se escuchó la detonación. Cayó herido y antes que auxiliarlo, prefirieron sacarlo de la casa y abandonarlo en vía pública.
Una semana después, investigadores de la Sijín de la Policía de Caldas y del CTI capturaron al sospechoso para que respondiera por homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego. El 11 de mayo del 2023, cuando se pretendía iniciar el juicio oral, la Fiscalía anunció que se pretendía efectuar un preacuerdo.
Este consistía en darle una rebaja del 50% de la pena como cómplice de homicidio, que sería de 8 años y 8 meses y dos meses más por poseer la pistola. A eso se sumó que como Chiki no tenía cómo reparar económicamente a la familia de la víctima, debía ofrecer perdón público y garantía de no repetición.
Aunque todos estuvieron de acuerdo, se pidió que la pena se pagara en la cárcel. Sin embargo, la Procuraduría se opuso al considerar que el beneficio debería ser de una tercera parte de la condena a recibir, además de que era necesario que hubiera un resarcimiento con dinero para los afectados.
La juez consideró que la reducción de pena pudo haber sido válida, pero no podía llegar a ser del 50%, dado que ya se había presentado la acusación. Por ende, el Tribunal Superior debió entrar a decidir.
Se determinó que la disminución no era desproporcionada, pero la Fiscalía se demoró en presentar sus argumentos solo momentos antes de iniciar el juicio oral, cuando esta diligencia se debió haber realizado antes y no se explicó a qué se debió el retraso sobre un pacto que beneficiaba ampliamente al señalado y vulneraría el principio de proporcionalidad.
El Tribunal también manifestó que aunque las víctimas aceptaron el acuerdo, se debe garantizar una reparación efectiva, lo que incluye una indemnización. Ante las deficiencias para argumentar el desgaste para la justicia por las demoras, se negó el preacuerdo.
Desangrado
La herida provocó que Leandro se desangrara y murió mientras recibía atención médica en el hospital San Marcos. La víctima había ingresado recientemente al Ejército a prestar su servicio militar.