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LA PATRIA | MANIZALES

No paran las condenas contra abusadores sexuales de menores de edad. Recientemente, el Tribunal Superior de Manizales confirmó dos sentencias.

1. En Arauca

  • Condenado. Wílmer Abelardo Restrepo Bedoya.
  • Delito. Acceso carnal abusivo con menor de 14 años, en concurso con actos sexuales con menor de 14 años.
  • Hechos. El 3 de agosto del 2019, una mujer lo denunció por abusar de una persona cercana a esa familia, de 7 años para la época, en Arauca (Palestina). El procesado le realizó diversos tocamientos eróticos-sexuales, por encima y por debajo de la ropa, en una habitación de su residencia. Eso pasó hasta finales del 2018, cuando la víctima contaba 11 años, y el 31 de diciembre, en Lérida (Tolima), la violó.
  • Pena. 18 años.

2. En Manizales

  • Condenado. José Yamil Cárdenas Vásquez.
  • Delito. Actos sexuales con menor de 14 años.
  • Hechos. La mamá de la menor denunció que un día, al hablar con su hijo, este le comentó que su hermanita le había dicho que Yamil estaba enamorado de ella. Con ocasión a eso, la madre interrogó a su hija y ella le explicó que en marzo o abril del 2012 estaba jugando en la casa del procesado, abuelo de una amiga. Cuando se quedaron solos, el sujeto se quitó los bóxer, le quitó la ropa y le exhibió sus partes íntimas.
  • Pena. 9 años.

3. Sin preclusión

El Tribunal Superior revocó el auto proferido el 10 de mayo del 2022 por el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Manizales, mediante el cual avaló la preclusión que pidió la Fiscalía respecto de la investigación que por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años se adelanta en contra de un sujeto.

  • Hechos. Una defensora de familia denunció que una adolescente, en entrevista por psicología en la fundación Mnematica, donde está en proceso de restablecimiento de derechos, manifiesta que había sido accedida sexualmente por su vecino, en tres oportunidades, cuando el señor ingresaba a su vivienda a guardar la moto, prosiguiendo a su habitación donde la accedía, diciéndole que nadie le iba a creer si hablaba.
  • Argumento. Se pidió la preclusión porque "de la adolescente se establece una pobre estructuración de su sistema moral, con problemas de consumo de sustancias y práctica de relaciones sexuales con otros menores, ya contando con los 14 años. Cuenta con una medida de protección de año y medio, debido a las dificultades de convivencia con la progenitora y no permitió efectuar el examen genital. Por eso es imposible desvirtuar la presunción de inocencia".
  • Decisión. No precluir, dado que "encuentra esta Sala que obran actos investigativos que dan cuenta de la presunta comisión de una conducta punible, destacándose de forma clara y consecutiva que la conducta se inició previo a cumplir los 14 años y se continuó una vez cumplió esa edad, como así se desprende de la lectura de algunos elementos. No basta para sustentar la preclusión el basarse en el informe de la psicóloga, en el cual concluye sobre unos dichos de la menor tomados de forma insular, cuando de la lectura textual e integra de cada uno de los elementos aportados por el ente acusador se observa diáfana la forma en que se llevó a cabo la conducta en contra de la menor, su edad y la afectación en su humanidad como consecuencia de la conducta".

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