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Aunque las armas traumáticas no están prohibidas, existen restricciones para su porte.
LA PATRIA | MANIZALES
Fuera de gravedad y bajo observación médica permanece un hombre en un hospital de Manizales, luego de que el pasado domingo en la tarde lo atacaron desconocidos, quienes le dispararon en la cabeza y en un hombro, en el barrio Puerta del Sol.
Hacia la 1:30 de la tarde, vecinos del sector reportaron a las autoridades la presencia de un hombre lesionado. Al llegar al lugar, uniformados de la Policía lo trasladaron de urgencia, aunque mientras lo atendían se verificó que la agresión fue con un arma traumática.
El hombre, de 27 años, les indicó a que transitaba por una zona boscosa contigua a la iglesia, cuando dos sujetos se le acercaron y le causaron las heridas.
Según la firma de abogados Prosejuris, los sujetos se podrían ver implicados en dos delitos que son las lesiones personales, que dan penas de prisión desde un año y 4 meses hasta 12 años, de llegarse a presentar alguna perturbación funcional.
Sin embargo, también podrían verse inmersos en un intento de homicidio si se comprueba que estuvo en riesgo la vida de la víctima, teniendo en cuenta además que le dispararon a la cabeza, y la sanción va de 4 años y 6 meses hasta 28 años.
El peligro de las armas traumáticas
Según el Decreto 1417 del 2021, las armas traumáticas están catalogadas como dispositivos destinados a propulsar uno o varios proyectiles de goma o de otro tipo que pueden causar lesiones, daños, traumatismos y amenaza, y por sus características deben considerarse como armas.
De las armas incautadas por las autoridades tras la comisión de delitos se encontró que se usaron especialmente en hurtos en distintas modalidades, porte de estupefacientes, lesiones personales, violencia intrafamiliar y homicidio.
Marcaje obligatorio
Aunque el porte de armas traumáticas o de fogueo no está prohibido, sí está restringido y ahora, quien posea un elemento de estos, deberá registrarlo ante Indumil.