Cáceres se ubica al extremo norte de Antioquia, muy lejos de donde tenía permiso el detenido para trabajar.

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Cáceres se ubica al extremo norte de Antioquia, muy lejos de donde tenía permiso el detenido para trabajar.

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LA PATRIA | MANIZALES

La justicia fue benévola con Carlos Arturo Ramírez Montoya, a quien capturaron por concierto para delinquir por venta de estupefacientes en cinco departamentos, junto a otras tres personas.

Él aceptó cargos y le dieron dos años de libertad condicional, lo que implicaba que estaba a prueba.

Como parte de ese compromiso, consiguió trabajo como repartidor de leche en el sector de Gallinazo. Sin embargo, esa confianza que depositó la justicia en él se vio rota cuando lo sorprendieron a 450 kilómetros de donde debía estar.

El 15 de diciembre del 2020, una patrulla de la Policía realizaba requisas en Cáceres, al norte de Antioquia, a 450 kilómetros de Manizales. Los uniformados abordaron a Ramírez Montoya y verificaron sus antecedentes en el PDA (Asistente Personal Digital) y encontraron que estaba incumpliendo su restricción.

Por ese motivo lo capturaron por fuga de presos y lo presentaron ante un juez del municipio antioqueño, ante quien aceptó cargos, pese a que el abogado defensor le sugirió no hacerlo y esperar para hacer un preacuerdo ante la Fiscalía en una audiencia posterior.

Para la individualización de pena y sentencia, se encontró que la grabación se había dañado por lo que se debía reproducir nuevamente la audiencia preliminar y allí, Ramírez Montoya negó cargos, cosa que ya no podía hacer. Se resolvió que el caso lo debía asumir un juzgado de Manizales.

Cuando se iba a dictar el fallo, el nuevo abogado del sujeto aseguró que el anterior defensor no ejerció una defensa adecuada y que solo se había presentado un exceso en el permiso para trabajar, lo que solo ameritaba una sanción administrativa. El caso se envió al Tribunal Superior de Manizales.

El ente no solo demostró que sí existieron garantías con quien asesoró inicialmente a Ramírez Montoya, sino que este prefirió aceptar el delito aunque se le sugirió no hacerlo. Además resaltó que su captura se dio muy lejos de donde debía estar trabajando.

La Sala Penal del Tribunal puntualizó entonces que el hombre ya no podía retractarse y en consecuencia, no le queda otra salida que esperar la condena que le impondrán.

 

La fuga de presos

Según el Código Penal, el que se fugue estando privado de su libertad en centro de reclusión, hospital o domiciliariamente, en virtud de providencia o sentencia que le haya sido notificada, incurrirá en una pena de 4 a 9 años de prisión.