Los primeros 15 años que transcurrieron desde la fundación formal de Manizales (1849-1864) fueron el resultado de la consolidación de sendos procesos de colonización, desplazamiento y búsqueda de oportunidades de campesinos pobres de Antioquia y que se desarrollaron adicionalmente, en medio de profundas tensiones partidistas, políticas y constitucionales. Manizales, afloró en medio de la vigencia, modificación o derogatoria de cuatro constituciones políticas: 1843 (Nueva Granada), 1853, 1858 (Confederación Granadina) y 1863 (Rionegro). Se fundó la Perla del Ruiz, cuando el país se encontraba dividido en provincias y bajo el mandato de dos presidentes liberales: Tomás Cipriano de Mosquera y José Hilario López. Como lo narrara Robert Louis Gilmoure (“El Federalismo en Colombia: 1810-1858”) para 1844 existían en Colombia 20 provincias, 114 cantones y 831 distritos. El afán por crear mas provincias o dividir las creadas, pretendía reconocer la incapacidad de gobernar desde las capitales bajo un malogrado modelo de centralización política, permitiendo dar mayor autonomía a los territorios a través de la famosa “descentralización”. Dos años después de fundada Manizales, la gran Provincia de Antioquia se subdividió en tres nuevas provincias: Antioquia, Medellín y Córdoba, que comprendía los cantones de Rionegro, Marinilla y Salamina. Tal fraccionamiento explica porqué, se pretendía conservar literalmente el nombre de Córdoba para el nuevo departamento, iniciativa que resultó frustrada debido a la presión de las fuerzas liberales caucanas que abogaron por el de Caldas. Por eso, no hay nada mas liberal para nuestro departamento que su nombre. El 5 de marzo de 1855, varios congresistas, dentro de los que encontraban Manuel Murillo Toro y Rafael Núñez, presentaron un proyecto de reforma constitucional para dividir la Nueva Granada en ocho estados soberanos y según el contenido expreso del mencionado documento “para su mayor felicidad”. Promulgada la Constitución de 1858 de mayoría conservadora y de tendencia federalista, queda en evidencia como lo señala Hernán Alejandro Olano (“Constitucionalismo Histórico”) que no es muy convincente pretender tratar a los liberales de federalistas y a los godos de centralistas. El proyecto político descentralizador y autónomo alcanzó su máxima expresión con la promulgación hace exactamente 160 años (8 de mayo de 1863) de la Constitución de Rionegro y que dio origen a los “Estados Unidos de Colombia”. Sin duda, una de las constituciones más progresistas e importantes de américa en materia de reconocimiento de libertades individuales que consagraba la inviolabilidad de la vida humana y las libertades de prensa, expresión, empresa, educación y religión. Pero como lo bueno no dura llegó la ultraconservadora constitución de 1886 y se acabó la fiesta. Nuestra actual Constitución Política en su artículo 1º sigue preservando y consagrando los ideales de una república descentralizada pero con autonomía de sus entidades territoriales. Haber dividido a Colombia en departamentos, trajo como consecuencia la desestructuración de los territorios llevando al absurdo de pensar, por ejemplo, que el desarrollo de Caldas termina en el rio Campoalegrito en el sector de Tarapacá, que es precisamente donde comienza el departamento del Risaralda. Como se propuso desde la reforma constitucional de 1855, “la felicidad” está en lo regional. Por eso, hablar de planes de desarrollo departamental resulta anacrónico frente a conceptos que en el inconsciente colectivo y la configuración territorial implican el reconocimiento de regiones como “Viejo Caldas” o “Eje cafetero” y sobre las cuales se deberían estructurar los modelos de desarrollo. Herramientas e instrumentos jurídicos por la descentralización y autonomía territorial hay mas que suficientes, lo que falta es la voluntad de una clase política que sigue anquilosada en prácticas clientelistas y en la dogmática de un Constitución de 1886 que no dejan descansar en paz.