Ilustración.
LA PATRIA | MARQUETALIA
Seis años de condena le dieron a Jhónatan López Hernández, en segunda instancia, por violencia intrafamiliar. En una primera decisión, del 15 de marzo de 2022, del Juzgado Promiscuo Municipal de Marquetalia, se declaró la prescripción de la acción penal.
Los hechos fueron a las 2:30 de la tarde del 25 de septiembre de 2017, en un inmueble situado en la carrera 6 con calle 3, de Manzanares, donde previa llamada telefónica a la estación de policía de esa población reportaron una riña y al llegar, los uniformados observaron a una menor de edad junto a un bebé en un coche.
Al ver la patrulla la mujer se acercó pidiéndo auxilio, por lo que los uniformados procedieron a ingresar a la residencia que tenía la puerta abierta y observaron a Jhónatan sin camisa con un machete en la mano intentando agredir a su pareja, quien salía de casa para una reunión en el jardín de su hija, pero el sindicado no le creyó, la increpó, pues consideró que "se dirigía para donde el mozo".
La afectada le indicó que no quería vivir más con él y este la insultó con palabras de grueso calibre, la trató de vagabunda y le advirtió que "primero la mataba antes de que se fuera de la vivienda", mientras la estrujaba contra una pared.
Al sujeto lo aprehendieron en flagrancia. El juicio se desarrolló el 23 de septiembre, el 2 y el 15 de diciembre de 2021, con sentido de fallo condenatorio. En marzo del año pasado se dictó condena, pero por violencia intrafamiliar simple, con pena de 4 años. Como la formulación de imputación tuvo lugar el 26 de septiembre de 2017, para el juzgado hubo prescripción de la acción penal. Es decir, el sentenciado quedaba libre. Fiscalía y víctimas apelaron ante el Tribunal, se cambió la decisión y Jhónatan debe pagar seis años, por violencia intrafamiliar agravada, por darse en contexto de género.
"Quedó claro que el procesado se sentía por encima de su pareja, no solo por ultrajarla, sino por someterla a sus designios, con lo que le negaba la posibilidad de salir de casa y hasta de terminar la relación, en lo que constituye un claro patrón cultural de sumisión. La prescripción operaría 7 años después del 26 de septiembre de 2017 en que se imputaron cargos a Jhónatan, por lo que la fecha extintiva de la acción penal aún no ha acaecido. Se dicta orden de captura para pagar la pena en centro carcelario", anotó la Sala.
La violencia intrafamiliar simple da penas de 4 a 8 años y la agravada, de 6 a 14 años, según el inciso 2º del artículo 229 del Código Penal, que acentúa el grado cuando recae contra una mujer.