Doña Juana

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LA PATRIA | MANIZALES

A Jhon Fredy Molina Gómez no le sirvió presentar una acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia y contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Medellín y el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada. Se la negaron.

Hablaba de la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, libertad, dignidad, entre otros, en el proceso penal seguido en su contra. El 10 de febrero del 2009, un juzgado de Medellín lo condenó a 362 meses de prisión por homicidio agravado y porte ilegal de armas. No le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni la prisión domiciliaria. Lo mandaraon para el puerto caldense. Impugnó y le ratificaron la pena el 30 de septiembre del 2009.

Pidió recientemente la domiciliaria y se la negaron el 19 de enero del 2023, por expresa prohibición legal. El 14 de marzo ratificaron la decisión. Por eso acudió a la tutela y de nuevo perdió, pues Molina Gómez tiene dos condenas por dos dobles homicidios. En una hay un menor de edad como víctima, lo que impide darle ese beneficio. "Examinadas las decisiones, la Corte encuentra que los pronunciamientos objeto de reproche estuvieron precedidos de un análisis serio y ponderado de la controversia planteada, y la interpretación de la normativa pertinente".

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