El condenado, el día de su captura.

El condenado, el día de su captura.

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LA PATRIA| MANIZALES

A Persival Montoya Villa lo declararon culpable de homicidio. La condena por este delito la confirmó el Tribunal Superior de Manizales, luego de que aceptó cargos desde de la audiencia de formulación de imputación. El caso pasó a Bogotá porque las víctimas no quedaron contentas con la pena.
El caso es de la noche del 13 de septiembre de 2021, en la vereda Los Pomos, de Samaná, cuando luego de que Persival y Luis Fernando Sánchez Rendón, en asocio de otros amigos, departieran algunos tragos en La Gotera, abandonaron el lugar de manera gradual y minutos más tarde en medio se dio un incidente en casa de este último,

Trago a la cara

Al parecer, Sánchez Rendón le lanzó un trago de aguardiente en la cara a Persival, por causas que este último no recuerda, lo que desencadenó en una pelea. Le causó dos lesiones con un cuchillo en el abdomen a Luis Fernando, quien fue llevado hasta el hospital de La Dorada, donde murió el 14 de octubre.

Al señalado lo detuvieron el 15 de enero del 2022, lo llevaron a audiencia y aceptó los señalamientos. La sentencia es de 104 meses. La defensa de los afectados consideró insignificante la cantidad de meses dados al asesino, pues consideraron que merecía más ante la trascendencia de la conducta desplegada. "Lo asesinó por motivos abyectos o fútiles e irrelevantes".
Adujo que la Fiscalía no profundizó en la investigación de los sucesos y solo se quedó con las versiones que ofreció el encartado, además de no indagar en las consecuencias que los hechos de sangre representaron para la familia de la víctima.

 

Del Tribunal

El Tribunal Superior de Manizales consideró que desde un comienzo, como gesto de arrepentimiento, el señalado no solo admitió la culpabilidad, sino que se puso a disposición de las autoridades, evitando el desgaste del aparato judicial, por lo que el despacho consideró viable imponer la menor sanción.

"La pena fue respetuosa de las previsiones legales que regulan la terminación anticipada del proceso vía allanamiento a cargos y la conducta punible endilgada al encartado. La estableció en 208 meses, actuación acorde con el ordenamiento jurídico y que no reviste irregularidad alguna. Quedó en 104 con la rebaja del 50%".
 

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