¿Preparado para recibir sus intereses de cesantías? En este artículo le explicaremos cómo calcular los intereses de cesantías, brindando a los trabajadores una guía práctica para optimizar sus recursos.
En resumen
- Los intereses de cesantías se deben pagar por ley antes del 31 de enero de cada año. De lo contrario, los trabajadores pueden solicitar la intervención del Ministerio del Trabajo para recibir el derecho que les corresponde
- La fórmula para calcular las cesantías calcula los intereses multiplicando las cesantías por el año trabajado, aplicando el 12% anual y dividiendo entre 360 para obtener el rendimiento proporcional diario.
- Las cesantías en Colombia pueden ser recibidas por trabajadores asalariados del sector público o privado, así como empleados domésticos.
¿Cuándo se pagan los intereses de cesantías?
En Colombia, los intereses de cesantías se deben pagar conforme a lo establecido en el marco jurídico laboral, en el cual se establece que el pago es anualmente y debe realizarse a más tardar el 31 de enero de cada año.
El pago de estos intereses se encuentran consagrados en el artículo 9 de la Ley 50 de 1990, el cual regula la relación que debe usarse para el pago de los intereses de cesantía
Este proceso implica el cálculo y remuneración de los intereses correspondientes al 12% anual sobre el total de las cesantías acumuladas por el trabajador durante el periodo anual anterior.
Es crucial resaltar que este cálculo se realiza de manera proporcional al tiempo que las cesantías hayan permanecido bajo la custodia del empleador.
¿Cómo se pagan los intereses de cesantías?
El proceso de pago de los intereses de cesantías supone que el empleador realice el desembolso directamente al trabajador. Este pago puede efectuarse mediante la cuenta nómina del trabajador
Para ello es necesario la utilización de una fórmula que le permitirá al empleador conocer la cantidad de dinero que le adeuda al trabajador con base en las semanas trabajadas.
La fórmula para calcular los intereses de cesantías consiste en multiplicar las cesantías totales por el año trabajado y luego multiplicar ese resultado por 0,12. Finalmente, se divide el resultado entre 360. La fórmula se expresa como
- (Cesantías totales x 360 x 0,12) / 360.
Fecha límite para el pago de intereses de cesantías
El plazo límite de los empleadores para efectuar el pago de intereses de cesantías es hasta el 31 de enero de cada año. Acorde con lo establecido en la Ley 50 de 1900.
Esto quiere decir que, durante este mes de enero de 2024, serán pagados los intereses de cesantías correspondientes al 2023.
Si enfrenta problemas con el pago de cesantías y necesita presentar una denuncia, puede presentar una queja o denuncia sobre el incumplimiento en el pago de cesantías en el Ministerio del Trabajo. Este organismo puede intervenir y buscar soluciones.
Conclusión
El pago de los intereses de cesantías en Colombia constituye un compromiso clave para los empleadores. Esta obligación, que debe cumplirse antes del 31 de enero de cada año, implica calcular el 12% anual sobre las cesantías del trabajador.
La fórmula para calcular los intereses de cesantías es Cesantías totales multiplicadas por el año trabajado, luego multiplicadas por 0,12 y divididas entre 360.
Garantizar la puntualidad en este proceso no solo respeta los derechos laborales, sino que también fortalece la seguridad financiera de los empleados, consolidando así un entorno laboral más equitativo y transparente en el contexto colombiano.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes reciben cesantías?
Las cesantías son beneficios destinados a trabajadores con contratos formales en Colombia, ya sean del sector público o privado, así como a trabajadores independientes afiliados a fondos de cesantías voluntarias.
¿Para qué se pueden usar las cesantías?
Las cesantías en Colombia pueden utilizarse para diversos fines, como la adquisición de vivienda, gastos educativos, atención de salud.