Sepa qué debe hacer para cambiar de sector comercial
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NEGOCIOS | MANIZALES

Para algunos emprendedores y empresarios, que no han podido mantenerse en la emergencia sanitaria, tienen varias opciones, entre ellas: cerrar definitivamente sus negocios o reorientar la oferta hacia sectores que figuren como tendencia.

Sin embargo, cambiar de actividad comercial requiere cumplir normas y requisitos. Por ejemplo, un establecimiento que ofrecía trajes de baño no puede comenzar a vender frutas y verduras de la noche a la mañana, sin antes realizar un proceso legal.

NEGOCIOS consultó a Gloria Rocío Morales, abogada de la Cámara de Comercio de Manizales, y preparó este informe sobre los pasos que se deben cumplir para hacer la transición legalmente.

La abogada aclara que antes de comenzar cualquier trámite se debe saber que los requisitos varían de acuerdo con la forma de constitución de la empresa. A continuación, los documentos que se requieren.

 

1. Persona natural

Es aquella persona que actúa en su propio nombre y se ocupa de una o algunas actividades que la ley considera mercantiles en un establecimiento de comercio.

*Debe diligenciar un formato en la Cámara de Comercio, en el cual se explica el cambio, por ejemplo, de papelería a supermercado.

*El documento de solicitud de modificación también puede ser descargado en la página www.ccmpc.org.co, en la opción servicios en línea, formatos de registro en PDF y luego, formato mutaciones.

*Aquí solo se necesita modificar la actividad comercial.

*Efectuar el pago de los derechos de inscripción.

*Luego de la actualización, la Cámara le entregará un certificado para actualizar el Registro Único Tributario (RUT). Este trámite se puede hacer de forma virtual en www.dian.gov.co

 

2. Persona Jurídica.

Es un ente diferente de los socios, tiene su propio nombre y debe actuar como tal, sin necesidad de identificar a las personas que la conforman.

La Colectiva, la Comandita simple, la Comandita por acciones, la Limitada, la Empresa unipersonal y la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) pertenecen a esta figura de constitución.

*Se debe reformar el objeto social, es decir, los estatutos. Para esta modificación hay que hacer una asamblea de accionistas y levantar un acta, que será registrada en la Cámara de Comercio.

*En el acta se consignará quién los invitó a la reunión, a través de qué medio (escrito o carta) y con qué anticipación. Luego, se debe verificar si hay quórum (está establecido en el estatuto de cada sociedad), una vez se cumpla, se da paso a la formulación de propuestas y votación.

*En caso de que los estatutos no regulen el porcentaje de participación, es necesario acudir a lo que plantea la ley: la mitad más uno.

*Se debe diligenciar un formato de mutación para hacer los cambios en los códigos de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), con el fin de que el objeto social sea acorde con la actividad mercantil o comercial.

*Al mismo tiempo se debe cambiar el Registro Único Tributario por la página de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) www.dian.gov.co.

*Pagar los derechos de inscripción.

 

Tenga en cuenta

Gloria Rocío Morales, abogada de la Cámara de Comercio de Manizales, explicó que el lugar donde se van a desarrollar las actividades económicas deben contar con el uso del suelo que otorga Planeación Municipal de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial.

“Todos los establecimientos deben tener uso del suelo, pero las actividades de alto impacto requieren de una visita de Planeación. Un bar puede cambiar a una venta de frutas sin ningún problema. En el caso contrario (de frutería a bar) sí existe la necesidad de un permiso, porque el licor sí tiene impacto ”.

A la lista se añaden las actividades de fabricación y manufactura.

 

Cerrar el negocio

Si usted está pensando en cerrar definitivamente su negocio o empresa, solo tendrá que cancelar la matrícula mercantil. Tiene plazo hasta el 3 de julio sin tener que renovar este registro.

Recuerde que:

* Debe tener el registro mercantil del establecimiento renovado al año en que se está solicitando la cancelación y libre de cualquier gravamen.

*Si el propietario del negocio es una persona natural tiene que presentar ante el secretario de la Cámara la solicitud de la cancelación de la matrícula.

* Este trámite debe ser reportado ante la Oficina de Industria y Comercio, la DIAN y la entidad recaudadora de derechos de autor.

* Esta diligencia podrá hacerla de forma presencial en cualquiera de las sedes de la Cámara o de manera virtual a través del portal www.ccmpc.org.co.

 

Recomendaciones

Alejandro Olaya, gerente de innovación y emprendimiento de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), aconseja que no necesariamente reinventarse implica cambiarse de sector. Esta opción solo debería considerarse en casos extremos, como las empresas de actividades que están paradas y que puedan estar así por un buen tiempo: turismo, eventos y conciertos.

Indica que hay tres tendencias marcadas que puede usar una empresa sin tener que salirse del sector.

A. Transformación digital. Se pueden intentar pruebas pilotos para encontrar un modelo funcional y eficiente de vender sus productos.

B. Recurrir a proveedores locales.

C.Cuidado en salud. Hay grandes oportunidades en este sector, que se han visto reflejadas en esta pandemia.

 

* Con información del Espectador.

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