Foto| Google maps| LA PATRIA Frente a Assbasalud del Bajo Prado fue el accidente.

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Frente a Assbasalud del Bajo Prado fue el accidente.

 

LA PATRIA| MANIZALES

Mauricio vive un drama por cuenta de un motociclista.

"El lunes (17) atropellaron a mi mamá en el Bajo Prado, donde está Assbasalud. Una moto que pasó a alta velocidad la arrolló y la llevaron a urgencias. Posee varias fracturas: pie izquierdo, brazo izquierdo, clavícula y tabique, fuera de los traumas en el resto del cuerpo. Tenemos identificada la placa de la moto, VRK-XXX. El tipo, después de que mi madre le pidió ayuda, lo que hizo fue irse y dejarla tirada en el suelo. Tengo el consecutivo de Tránsito: la moto no tiene ni SOAT, ni revisión técnico-mecánico y ya denuncié ante la Fiscalía".

Añadió, en diálogo con LA PATRIA, que le hicieron cirugía del fémur, la lesión más complicada. "También la intervinieron del pie izquierdo y de la clavícula. Todo ha sido lento por la EPS y por la demora en la llegada de los elementos que le deben poner. Sobre el responsable, dicen que vive en el barrio González. Lo seguimos buscando".

 

Delitos

LA PATRIA le cuenta qué delitos se dan en este caso.

1. Omisión de socorro: El que omita, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encuentre en grave peligro, incurrirá en prisión de 32 a 72 meses.

2. Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en algo que se llama lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. Este se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga). En esos casos, así haya indemnización, no puede archivarse. De no existir agravantes y sí indemnización, se acude ante el juez penal del circuito, si es homicidio culposo; o penal municipal, si son lesiones personales culposas, para que el fiscal delegado solicite la preclusión de la investigación y el archivo del proceso.

-Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. La multa, de 26,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.

-Para las lesiones, depende de la gravedad del resultado de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.

 


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