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La aprobación de la ley que prohíbe los toros en Colombia se realizó el pasado 28 de mayo.
LA PATRIA | MANIZALES
Hace 42 días el país conoció que el Congreso de la República la aprobación de la ley que prohibirá las corridas de toros en Colombia. También, que tendrá un tiempo de transición de tres años para empezar a regir.
Además pretenden transformar las plazas de toros en escenarios culturales, pero a pesar de lo que se conoce hasta este momento, todavía hay incertidumbre sobre lo que pasará con las personas involucradas en el mundo taurino.
Por esta razón, LA PATRIA conversó con Santiago García Jaramillo, abogado y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Javeriana y candidato a doctor en Derecho en la Universidad de Cornell (EE.UU.) para conocer más sobre esta ley y los puntos que generan dudas.
¿Cuál es su posición ante esta ley?
Hay un panorama lleno de incertidumbre porque hay una ley aprobada por el Congreso que lo que hace es prohibir las corridas de toros dentro de tres años, pero lo cierto es que aunque la ley como tal no entra en vigencia, sí les permite a los ministerios de Cultura y de Medio Ambiente regular la manera en que las corridas se puedan hacer durante este tiempo antes de que entre la prohibición total.
¿Desde el aspecto jurídico cómo se podría analizar?
Existe un vacío jurídico grande porque no se sabe si el reglamento taurino sigue vigente durante estos tres años y entonces la regulación de verdad podría simplemente ser sobre aspectos mínimos de las corridas de toros o darles una posibilidad a estos ministerios de regular desde cero las corridas, lo cual es inconstitucional porque era una actividad que estaba completamente regulada por la ley 9164, que explica todos los detalles de cómo se hacen las corridas. Si había una regulación hecha por completo en el Congreso pues no pueden los de autoridad administrativa tener la misma competencia para hacer una regulación así de fuerte
¿Cómo ve la reconversión?
Hay otros problemas que tocan a la gente alrededor de los toros. Por un lado, la ley dice que tiene que haber un programa de reconversión y va a apoyar, pero no es claro de dónde van a salir los recursos para estos planes de ayudarles a los toreros, a los ganaderos y a las personas involucradas, mucho menos en un momento en el que el país claramente está en un en una situación fiscal bastante compleja, porque también trata de involucrar a las vendedores ambulantes.
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¿Y las plazas?
La ley ordena que las plazas de toros se reconviertan en espacios para otro tipo de actividades y lo que no tiene en cuenta que una plaza como la de Manizales es privada, entonces obligar a una persona a destinar un inmueble que tiene una designación preferente para una actividad, obligarla a que tiene que cambiar la designación para la que fue construida, tendría que indemnizarla. Si no, se les está inutilizando el bien a los dueños, casi como una expropiación. Además, le quita a Cormanizales su única actividad y que tiene un impacto social en la ciudad.
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¿Qué puede pasar en la Corte Constitucional?
Seguramente eso se va a demandar ante la Corte Constitucional por los vicios que tiene el trámite. Posiblemente no se tramitó en la comisión que era, parece que lo que hicieron fue mirar en qué comisión tenían mayoría para poder que el proyecto pasara y no a la que le tocaba por el tema en el Congreso, pero más allá de los problemas de trámite, la Corte Constitucional ha venido diciendo de manera sistemática que eso tiene una línea de sentencias bastante extensa. La Corte Constitucional sí ha dicho que el Congreso tiene competencia para prohibir las corridas de toros sin embargo, eso no quiere decir que lo pueda hacer como quiera y entonces por un lado están los problemas del procedimiento para prohibir.
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