Coincidió este año la elección de personeros municipales con el arranque de los nuevos concejos, que de alguna forma ha generado inconvenientes, sea por desconocimiento o por falta de planeación de sus antecesores que dejaron este proceso en sus primeras fases. Las normas son claras y estudiarlas a fondo o asesorarse bien de jurídicos les permitiría a los concejales, en especial a los que llegan nuevos, entender mejor la obligatoriedad que los cobija con respecto a la designación de un representante del Ministerio Público para los territorios. El Departamento Administrativo de la Función Pública establece, basado en la ley, que los concejos elegirán a los personeros para periodos constitucionales de cuatro años y que lo deben hacer dentro de los 10 primeros días de enero del año en que se inicia el periodo como concejales, previa convocatoria para que los interesados se inscriban a un concurso público y abierto de méritos. Deben contratar o hacer convenios con universidades o instituciones de educación superior públicas o privadas o con entidades especializadas en selección de personal para que apliquen las prueba de conocimientos y de competencias laborales, además valoren las hojas de vida. Los concejales, luego de entrevistar a los que hayan obtenido mayores puntajes, votan por un ganador.
Es claro, pero hay municipios enredados para cumplir con esta obligación. El Concejo de Manizales tuvo que suspender el concurso por una tutela que está en trámite por presuntas irregularidades que vulneran derechos de los interesados. El Concejo de Neira también está en la misma situación, incluso trató de hacer la entrevista, pero la jornada se salió del orden y la Policía tuvo que intervenir. 200 personas aplicaron al cargo, pero solo 9 asistieron porque presuntamente hay problemas de forma y de fondo y observaciones sin resolver. Son apenas dos casos de los muchos en el departamento y el país.
Los concejos no previeron un nuevo marco jurisprudencial. Se trata de una sentencia del Consejo de Estado que unificó y dejó en vigencia la inscripción múltiple en estos concursos a fin de garantizar principios constitucionales; es decir, un participante puede inscribirse al proceso de un municipio o al de varios. Por eso es que hay convocatorias hasta con 400 aspirantes, lo que impone dificultades para desarrollar sobre todo la entrevista, pero que habrían resuelto estableciendo un procedimiento claro para ejecutarla. Villamaría tenía 390 aspirantes clasificados, se intentó ejecutar la entrevista en diferentes fechas, pero finalmente lo hizo en una sola sesión para evitarse contratiempos.
Ya hay concejos incumpliendo el plazo máximo fijado por la ley -hasta el 10 de enero- y no tienen cómo justificarlo, distinto a los municipios que enfrentan demandas y deben garantizar el debido proceso. Los personeros elegidos deberían asumir el 1 de marzo y concluir labores el último día de febrero del cuarto año, sin embargo con todos estos líos que demandan tiempo para ser resueltos desde lo jurídico es casi seguro que no estarán el periodo completo. Pueda ser que las consecuencias no las tenga que asumir la población, porque las personerías son las que promueven la defensa y protección de los derechos de las personas, en especial las más desamparadas.