La captura de Mario Castaño.

Foto | Archivo | LA PATRIA La captura de Mario Castaño.

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Por segunda ocasión este año, el Consejo de Estado niega la pérdida de investidura y muerte política del exsenador caldense Mario Castaño Pérez, del Partido Liberal.

Primero fue porque lo cobijaba la presunción de inocencia, pese a que se acogió a sentencia anticipada ante la Corte Suprema de Justicia en el sonado caso de Las Marionetas y en el momento de la decisión solo esperaba su condena que, posteriormente fue de 15 años y 11 meses de prisión.

Le aplicaron la silla vacía y el comité de ética del Partido Liberal lo expulsó. "El accionar del militante afecta la ética y la moral administrativa como integrante de una corporación popular", dijo el movimiento.

Lo nuevo

Luego de ejecutoriada la sentencia, Felipe Cardona Mayo interpuso ante el Consejo de Estado otra demanda para pedir la pérdida de investidura del político pacoreño, aduciendo que ahora sí se configuraba al estar ya condenado.

LA PATRIA conoció ayer que en el nuevo fallo del Consejo de Estado decidió: "Declárese probado la excepción de cosa juzgada debido a lo resuelto en la sentencia del 8 de agosto de 2023 proferida por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo. Ejecutoriada la sentencia, comuníquese a la Mesa Directiva del Senado de la República, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior, para lo de su cargo, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 1881 de 2018". Es decir resolvió que Castaño Pérez no puede ser juzgado dos veces por lo mismo y que ya hubo una decisión sobre este caso, como fue negar la pérdida de investidura. 

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Cardona Mayo, el nuevo accionante, le explicó a LA PATRIA lo sucedido.

"Anteriormente se había demandado la Investidura del senador Castaño (porque a los ojos de la Ley sigue siendo congresista de la República), dado que no se había posesionado y esa es una causal taxativa de la Constitución para declarar la muerte política de un congresista. Es más, Castaño recibió su sueldo durante 2 meses, antes de que la Mesa Directiva del Senado le revocara su curul mediante actuación administrativa".

Añadió que esa primera demanda no llegó a ningún lado porque en esa causal de no posesión hay una eximente, que es la fuerza mayor y caso fortuito (misma tesis aplicada a Santrich), pues la captura se constituye como tal. Precisamente por eso él no había demandado antes, porque conocía ese precedente. Además, no había sido condenado y como tal mantenía  más allá de la aceptación de cargos, la presunción de inocencia. 

"Es así que una vez condenado por la Corte Suprema de Justicia interpongo ante el Consejo de Estado una demanda de pérdida de Investidura contra Castaño, porque ya había sido sentenciado, así que se podía tumbar su curul judicialmente. El magistrado alega ahora en su decisión que existe cosa juzgada, lo que a mí parecer no es, porque antes no estaba condenado y ahora sí. La sentencia va encaminada a eso, a decir que ya no hay nada que hacer, que se mantiene su condición de senador de la República. De igual forma voy apelar".

El fallo completo aún no se conoce, pero sí la decisión.



Felipe Cardona. 

 

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